La mina de la zarina Carolina
Escrito por ocraM el 18.02.2008 | corrupción, noticias
Hace unos días, César Hildebrandt rescató una vieja denuncia de la desaparecida revista Quinto Poder contra la “zarina” anticorrupción, Carolina Lizárraga.
[Lizárraga] en el año 2000, constituyó una empresa en Panamá para comprar el departamento del Golf de 300 metros del que se había enamorado.
¿Una empresa panameña con una sola accionista (ella misma, también “presidenta ejecutiva”) para comprarte el departamento de tus sueños? Sí. Y al año siguiente, en el 2001, la empresa panameña de una sola accionista (ella misma) “le donó” a la doctora Lizárraga (ella misma también) el inmueble.
El asunto es que la empresa panameña compró el bien en 231,658 dólares, pero, en el 2001, a la hora de la donación, el mismo bien se calculó a un precio más bien módico: 185,000 soles, es decir apenas 56 mil dólares. ¿Diferencia? ¡175 mil dólares! Esa hábil maniobra financiera, desde luego, redujo considerablemente la alcabala.
Hoy veo en el blog Desde el tercer piso todos los documentos de Registros Públicos que demuestran la veracidad de la denuncia y comenta:
Lo grave es la devaluación del inmueble en un año, lo que no solo tiene efectos en el impuesto de alcabala, que se paga luego de la transferencia de un predio y que tiene como base para el cálculo del impuesto al valor de dicha transferencia. Y que sepa, pagar menos impuestos de los que debieras no solo es una falta ética, sino también una cuestión que la SUNAT debiera dilucidar.
Además, en el blog Pepitas, un comentarista deja un dato interesante de rastrear: un acuerdo entre la Zarina (y su esposo, José Miguel Ramírez Gastón Roe) con Wealth Minerals Ltd. Según se puede leer, el matrimonio Ramírez-Lizárraga le otorga a la empresa 20 concesiones mineras (uranio) en Argentina.
Un poco raro, ¿no? Sobre todo si tenemos en cuenta que los otros peruanos que firman acuerdos similares con la misma empresa son don Valentín Paniagua Jara (el hijo) y doña Ina María Drago. Ellos y el esposo de la zarina son socios del Estudio Echecopar. No sabía que el derecho y la exploración minera fueran tan afines.
Link: Fernando Vivas sobre la ONA
Link: Ojo que la ONA dijo que Loayza debía regresar a Maynas



February 18th, 2008 @ 11:04 am
Lizárraga nos da una interesante receta: si quieres comprar bienes a espaldas de tu cónyuge, haz una offshore y compra nomás. Pero esta recetita tiene una “pequeña” falla (por si acaso no soy abogado): Si estás casado, en cualquier país del mundo estás obligado a mencionar ese hecho en el momento de hacer negocios, porque todo lo que tienes es propiedad de dos personas, salvo el caso de herencias. De hecho que los apristas sabían de este rabazo de paja.
February 18th, 2008 @ 12:08 pm
No quiero defender a la Lizárraga, pero creo que al Chato le faltó investigar más.
Una cosa es el valor de mercado de un inmueble y otra cosa el valor de autoavalúo, que se toma de base de cálculo para el pago del Impuesto Predial.
En el caso del Impuesto de alcabala, la base imponible es el valor de compra o el de autoavalúo, el que resulte más alto. Por ende, si la Lizárraga compró a través de una offshore el departamento a US$213,000, pagó la alcabala respecto de ese valor. Si luego lo recibió en calidad de donación (su empresa se lo transfirió a ella misma), pagó alcabala sobre la base del valor de autoavalúo. Sería absurdo pensar que si se recibe un bien gratis (donación) se pague la alcabala tomando el valor de compra que pagó el anterior dueño (que ya pagó el impuesto).
Lo mismo se aplica para efectos de la valorización del inmueble ante la Municipalidad: la valorización “legal” (que se realiza tomando en cuenta normas específicas) es muy distinta del valor de mercado que puede tener un inmueble. Si se tuviera que investigar a la zarina por este tema se tendría que investigar también a todas las personas que han adquirido departamentos en los últimos años, pues supongo que en el 99% de los casos, el valor de mercado es muy superior al de autoavalúo.
Lo que se debería investigar, en todo caso, son las razones por las cuales Lizárraga no quería que el año 2000 un departamento figurara a su nombre. No necesariamente tiene que ser una razón ilícita o falta de ética, ojo, podrían ser motivos personales.
February 18th, 2008 @ 12:10 pm
En esos documentos firmados entre Paniagua y Ramírez Gastón Roe con Wealth Minerals, se hacen cada uno de 50 mil acciones de la empresa exploradora de uranio. Ahi tan las pruebas.
No es poca cosa, eh…
February 18th, 2008 @ 12:48 pm
¿Y que? ¿uno no puede ser accionista de empresas mineras en argentina?
Manrique en su blog concluye:
“el Estudio Echecopar, en conjunto, es propietario de 100 mil acciones de Wealth Minerals Ltd.”
¿Y???????
¿Que de ilicito hay en eso? ¿Alguien puede explicar?
Suscribo lo que dice Profugo: Lo que se debería investigar son las razones por las cuales Lizárraga no quería que el año 2000 un departamento figurara a su nombre. No necesariamente tiene que ser una razón ilícita o falta de ética, ojo, podrían ser motivos personales.
February 18th, 2008 @ 12:59 pm
De acuerdo con que hay que investigar el primer asunto: lo de la subvaluación. Parece medio rara la cosa
En cuanto a lo segundo, lo de las minas, me parece un dato interesante, pero no veo qué hay de ilegal o turbio en ello… a seguir investigando, entonces.
February 18th, 2008 @ 1:46 pm
Cito:
“Sería absurdo pensar que si se recibe un bien gratis (donación) se pague la alcabala tomando el valor de compra que pagó el anterior dueño (que ya pagó el impuesto).”
Cada vez que se hace una transaccion , sea compra o donacion se tiene que pagar el impuesto. Es la ley
Cito:
“Una cosa es el valor de mercado de un inmueble y otra cosa el valor de autoavalúo”
Es apartamento no va a costar 56,000 dolares en autovaluo. Es obvio que vale mucho mas.
Me pregunto si la municipalidad acepta de vuena voluntad los pagos de autovaluo o alcabala sin investigar o inspeccionar el inmueble? Porque si hubo una inspeccion de parte de la municipalidad y confirmo que el inmueble solo valia en “libros” 56,000 yo creo que podriamos estar hablando de corrupcion de funcionarios.
February 18th, 2008 @ 1:50 pm
Todo esto huele rarisimo, el origen del dinero para comprar el departamento me parece que hay que rastrearlo. No es tan sencillo decir que una empresa Minera de Argentina cedio acciones y que el estudio Echecopar es dueño tambien.
Me acuerdo que el hijo de Valentin Paniagua hizo noticia un dia cuando lo estafaron vendiendole un departamento que nunca lo construyeron y era un depa de $60,000. Si Panigua hijo tambien tiene tanto dinero que hacia comprando un depa de $60,000.
February 18th, 2008 @ 2:32 pm
José Ramírez Gastón es especialista en Derecho Minero, y Valentín Paniagua e Ina María Drago (que no es socia sino asociada) son especialistas en Derecho Ambiental. En consecuencia, su afinidad con la exploración minera debe ser alta. Es pura lógica y de la más básica.
Slds, KTC
February 18th, 2008 @ 2:48 pm
Acabo de chequear en la Bolsa de EU a Wealth Minerals LTD y cada una de sus acciones valen $1 dolar devaluado.
Si la Zarina y su esposo recibieron 50,000 acciones entonces tenian $50,000 dolares y los otros $200,000 de donde los sacaron.
http://finance.google.com/finance?q=OTC%3AWMLLF
February 18th, 2008 @ 2:55 pm
Mmonzón:
No he dicho que no se deba pagar el impuesto. Lo que dije (y se desprende del post), es que por una transacción gratuita (la donación) se tenga que pagar lo mismo que cuando es onerosa. En el caso de la donación, dado que no hay precio de adquisición, se paga el impuesto tomando como base el valor de autoavalúo. Es la ley.
Respecto de tu segunda observación, habría que ver el autoavalúo, entonces. Yo sé de un caso en el que una casa en Miraflores que fue comprada en US$120,000 dólares (para demolerla y hacer un edificio) valía 50,000 soles en autoavalúo. No digo que siempre sea así, ojo.
Hay que tener en cuenta, sin embargo, que no es Carolina Lizárraga quien hace el autoavalúo sino el que construyó el departamento. Posteriormente el autoavalúo se actualiza de acuerdo a normas sobre inmuebles (creo que las dicta el Consejo Nacional de Tasaciones). Y, efectivamente, las municipalidades aceptan los pagos por alcabala o predial sin inspeccionar previamente los inmuebles.
February 18th, 2008 @ 3:58 pm
Otro tema a tomar en cuenta es que el departamente fue comprado antes de que Lizárraga ocupara algún cargo en la administración pública, así que se deben descartar las acusaciones de corrupción. Si lo que se quiere es buscar el origen de sus ingresos y saber cómo una abogada de 32 años puede comprarse un departamento tan caro, estamos hablando de otra cosa.
Como dije en el otro post: si pagó su alcabala al valor de autoavalúo que aparecía registrado en la municipalidad, cumplió con la ley.
February 18th, 2008 @ 4:12 pm
Carlitos:
Gracias a tu sugerencia, me fui a ver las acciones en las fechas indicadas de los documentos del TSVX. En las dos fechas que podrían ser los días en el cual los Ramírez y Paniagua podrían haber cobrado las acciones era el 15 o 18 de junio. Y en esas fechas, tal como podemos ver en la página web de Wealth, las acciones valían entre 4.01 y 4.26 dólares.
Ellos cobraron 21 dias despues de la aceptación del TSVX 10 mil acciones, es decir, por esas fechas. Pero recibieron acciones, tal como está estipulado en el punto 2 de los acuerdos firmados. Si las vendieron, no se. Digo el valor de las acciones en ese momento. Puedes verlas aquí: http://www.wealthminerals.com/s/StockQuote.asp
Y como bien dice el TSVX, ellos cobrarían 10 mil acciones cada 13 de marzo de cada año hasta el 2011.
February 18th, 2008 @ 5:22 pm
ta´ mare… debí estudiar Derecho¡¡
February 18th, 2008 @ 5:46 pm
http://juansheput.blogspot.com/2007/10/mientras-alan-garca-y-jorge-del.html
“Mientras Alan García y Jorge del Castillo pedían que el Poder judicial capture a los corruptos del SIS la jueza Carolina Lizárraga se negaba a aceptar las órdenes de captura contra dichos funcionarios. Como premio es nombrada Jefa de la Oficina Nacional Anticorrupción. ¿Estamos en presencia de otra farsa? Hace tan sólo un día, el diario Correo informó que la Jueza Carolina Lizárraga se negó a aceptar las órdenes de captura contra militantes apristas involucrados en la gran corrupción del Sistema Integral de Salud (SIS). La jueza Lizárraga se encontraba de turno en el Cuarto Juzgado Anticorrupción y se negó a aceptar las órdenes de captura contra estos funcionarios.”
February 18th, 2008 @ 8:04 pm
A ver. Es muy común que socios de estudios formen parte del directorio de una, dos, o varias empresas; y en este caso concreto, al tratarse de abogados vinculados a la minería, por sus especialidades profesionales, no es raro que formen parte del accionariado de alguna empresa del sector.
No creo que exista, por lo tanto, alguna irregularidad en este punto que vincule a Carolina Lizárraga, sino más bien estamos ante un acto frecuente, normal y legal, muy propio en la actividad de los estudios de abogados.
Slds, KTC
February 18th, 2008 @ 8:30 pm
A ver mis conspiradores:
1. La jueza se había separado de su marido hacía años pero no había logrado sacar el divorcio por mutuo disenso. Fruto de su trabajo personal tenía el dinero para comprarse un departamento pero no podá hacerlo sin perder el 50% por ser parte de una sociedad de gananciales que de hecho no existía pero que por derecho podía hacer decrecer su patrimonio. Para protegerse, por así las cosas en los divorcios complicados, creo una figura compleja para sacar de su patrimonio el bien hasta que se completará su separación de bienes. En el fondo, ha pagado dos veces la alcabala.
2. Es absolutamente común que los abogados al constituir empresas en el Perú se conviertan en accionistas y directores de las mismas para agilizar los trámites de inscripcipon registral, sobretodo cuando se trata de trasnacionales que deben incriibir primero poderes, lo que puede tardar. Las sociedades, luego de inscritas, son transferidas a los accionistas. En algunos casos, cuando el accionista extranjero es una sola persona jurídica se mantiene a los abogados como directores para mantener la pluralidad (2 accionistas) que exige la LGS para sociedad anónimas.
Esa es toda la verdad. ¿Que pena no? Las conspiraciones son mas interesantes. Ahora, si quieren hablar de impuestos ¿porque no hablamos de los que CH de le debe a la Sunat?. Esa si es primicia.
February 18th, 2008 @ 8:31 pm
KTC: Pues suena bastante coherente tu explicación. Sin embargo…
http://tinyurl.com/283662
February 18th, 2008 @ 9:05 pm
porke no siguen investigando un poquito mas acerca de las relaciones de ese estudio con la mineria, sacudanse y vean que hay mas atras
February 18th, 2008 @ 9:09 pm
afuera los corruptos!!! (el tio mufarech)
February 18th, 2008 @ 9:13 pm
Hasta el momento no se ha probado nada extraño: La Lizárraga compró un departamento antes de ingresar a la administración pública (la explicación de Recontraconspiración tiene sentido) y pagó dos veces la alcabala (es decir, le pagó más al fisco de lo que se paga normalmente).
Y no veo ninguna conexión con el tema de las acciones que se da seis años después (con el departamento ya pagado y con marido nuevo): no hay nada de malo en ser dueño de acciones de empresas mineras. Ramírez Gastón es socio gerente de uno de los estudios de abogados más grandes de Lima, así que esas acciones deben ser un sencillo para él.
Si hasta Pedro Francke ha admitido que invierte en acciones de empresas mineras.
Alguien podría decir cuál es el delito o la falta ética?
February 19th, 2008 @ 12:36 pm
La denuncia trata de dar a entender “actos de corrupcion” de la juez en cuestion, pero viendolo friamente hasta donde ha hablado CH no hay indicios de un delito, para colmo esto habia sucedido cuando la individua en cuestion aun no estaba de juez, o sea… ¿Hay delito?¿Hay un acto indebido o antietico?… de la denuncia no se desprende esto, comprar casa via un tercero para que el ex marido no pida una participacion no es delito, comprar acciones de mineras siendo abogado que patrocina empresas mineras tampoco (lo cuestionable seria comprar tales acciones si eres el abogado que “defiende” a los trabajadores de esa misma minera); asi que la investigacion del Chato: 1)ha errado el blanco al “denunciar” actos que no son indebidos, o 2)se hace con animo de fregar y presionar a la jueza por algo… O mas simple: de repente CH le ha querido sacarle plan a la Lizarraga y ella lo rechazo por enano… jua jua jua
Mejor investiguen por que Lizarraga no ordeno mandato de detencion a los acusados de malversacion del SIS despues de la denuncia fiscal. Por coincidencia todos los acusados por la fiscalia eran “compañeros apristas” asi que vale la pena indagar los motivos de la jueza… no sea que estemos ante un “pago de favores” con el regimen.
February 19th, 2008 @ 3:50 pm
aguanta tanto la venta como la donacion estan afecos del igv, 19%, osea el 19% del cuarto de millon y el 19% de 185 soles hay arta diferencia, por si aca.
Hace ya 5 o 6 años que las donaciones pagan igv, asi que hay que checar bien esto.
February 20th, 2008 @ 8:09 am
Las transferencias de inmuebles no están afectas al IGV, salvo que el vendedor sea habitual (se dedique a vender inmuebles)